Contenido Interno
Autor
APBP
Fecha de publicación
12 de Abril de 2019
Fecha de actualización
12 de Abril de 2019

Radicación de Recursos

Para realizar la radicación de los recursos, los apoyos que se otorguen con base en esta Convocatoria, serán formalizados de conformidad con el procedimiento que resulte aplicable, en atención al tipo de recurso ya sea patrimonial o presupuestario.

Bajo la premisa de que “Todos los apoyos para el bienestar del pueblo se entregarán de manera directa a los beneficiarios” en cada proyecto se definirá la mecánica de atención a beneficiarios y del vale para la prestación del servicio; en todo caso para iniciar la radicación de recursos implica tener un expediente de beneficiario completo para poder remitir los recursos del mismo.

Los pagos se podrán realizar una vez que se tengan debidamente conformados y a entera satisfacción, los expedientes de los beneficiarios de los servicios proporcionados, ya que en el contrato respectivo se definirá la paga acorde a la presentación de los expedientes de beneficiarios.

La comprobación del proyecto e iniciativa autorizada deberá hacerse mediante la entrega de un expediente digitalizado por cada beneficiario.

Se deberá de considerar como parte del expediente del beneficiario: la solicitud de apoyo, credencial del Instituto Nacional Electoral INE, Cédula Única de Registro de Población CURP, estudio socioeconómico, informe médico en caso de proceder, acuse de recibo del beneficiario del vale para la prestación del servicio, vale para la prestación del servicio recibido por la institución, constancia de finalización del servicio, carta de agradecimiento por la recepción del producto o servicio fotografía de entrega del vale del servicio; documentos, fotografías y videos sobre de la prestación del servicio a la persona.

El “Vale para la prestación del servicio” es el documento mediante el cual la Institución o Asociación en Participación comprueba la entrega del bien o realización del servicio.

La presentación de los expedientes que demuestran el avance y término del proyecto e iniciativa podrá realizarse en cuanto la Institución o Asociación en Participación los tenga listos, previa cita con una carta original dirigida al Titular de la Dirección de Vinculación Social, Filantropía y Evaluación del Impacto, con el soporte documental requerido por la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública en memoria USB.

Adicionalmente deberán entregar relación de beneficiarios en hoja membretada de la Institución o de la Asociación en Participación que contenga la siguiente información:

  1. Nombre del beneficiario.
  2. Cedula Única de Registro de Población (CURP).
  3. Domicilio.
  4. Teléfono (Propio, de un familiar o de un vecino)

En caso de que el Gobierno Federal emita alguna resolución de documento adicional que se deba incluir en los expedientes de beneficiarios, la Institución o la Asociación en Participación deberán cumplir con lo anterior a partir de la fecha que sea informado oficialmente.

Por otro lado, cada 3 meses, deberán entregar un reporte de avance del proyecto o iniciativa dirigida al Titular de la Dirección de Vinculación Social, Filantropía y Evaluación del Impacto.

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