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Requisitos de Participación


  1. Ingresar a través de la página de la APBP (http://www.beneficenciapublica.salud.gob.mx/), al mini sitio “Plataforma Institucional”.
  2. Contar con un usuario para ingresar a la Plataforma Institucional. Si aún no cuenta con un usuario solicitarlo en la liga siguiente: http://convocatoriasapbp.salud.gob.mx:8080/ApbpWeb/login.do
  3. Accesar a la Plataforma Institucional para registrar el proyecto mediante el Formato Único de Solicitud de Recursos (FUSR) consulte la “Guía para la Administración de Proyectos de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro” en nuestra página Web.
  4. Presentar una carta de solicitud de apoyo dirigida a la Lic. María del Socorro García Quiroz, Directora General de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, firmada por el Representante Legal, en papel membretado de la OSC sin fines de lucro, acompañada del FUSR en original debidamente llenado y firmado. (Consulta Anexo Único).
  5. Contar con un recibo electrónico de donativo que cumpla con los requisitos fiscales vigentes, al momento de recibir el donativo.
  6. Abrir y mantener una cuenta o subcuenta bancaria, específica para el depósito y manejo de los recursos provenientes del donativo otorgado. (Consulta Anexo Único).
  7. Subir a la Plataforma Institucional en formato PDF, con un peso de hasta 15 megas por documento, lo siguiente:
    • Publicación en el Diario Oficial de la Federación de la autorización vigente para expedir recibos deducibles del Impuesto sobre la Renta o Aviso electrónico de donataria autorizada.
    • Cédula Fiscal y del aviso de apertura que acredite el alta de la OSC sin fines de lucro, en el Registro Federal de Contribuyentes presentados ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
    • Dictamen fiscal del ejercicio inmediato anterior incluyendo el acuse de recibo por parte del SAT (cuando la solicitud de apoyo se presente durante los seis primeros meses se deben entregar los últimos que por disposición fiscal se debieron presentar), en caso de aquellas OSC sin fines de lucro, que por normatividad estén exentas de dictaminación, deberán entregar la opinión de la instancia competente del servicio de la Administración Tributaria en la que consta que se encuentra al corriente en sus respectivas obligaciones fiscales.
    • Declaración Anual del ejercicio inmediato anterior, incluyendo el acuse de recibo por parte del SAT, de acuerdo a lo señalado por la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en el momento de la solicitud de apoyo.
    • En su caso, escrituras que acrediten los cambios posteriores a su constitución, que incluyan su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
    • Poder notarial del representante legal a la fecha de la entrega del apoyo económico, que incluyan su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
    • Identificación oficial vigente del representante legal (INE, Cédula Profesional, Pasaporte).
    • Acuse de entrega del informe anual correspondiente al año inmediato anterior, dirigido a la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro, donde se notifica que ha cumplido con las obligaciones señaladas en la Ley Federal de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
    • Clave Única de Inscripción en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro (CLUNI).
  8. El registro y envío de los documentos en a la Plataforma Institucional se completará única y exclusivamente cuando seleccione en dicha Plataforma la opción “Enviar”.



Última modificación :
Viernes 12 de Enero de 2018