María del Socorro García Quiroz, Titular de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, con fundamento en los artículos 39, fracciones I, III, V, VI y XXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 80, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 7, de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil; 12, de la Ley de Asistencia Social; 39, fracciones VI, IX, X, XIII y XX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; así como en el Acuerdo por el que se emiten las reglas, requisitos y los modelos de contratos para formalizar el otorgamiento de donativos; los Procedimientos 1, para la Autorización de Recursos Presupuestales a Proyectos de Coinversión y 2, para la Autorización de Recursos Patrimoniales a Proyectos de Coinversión, del Manual de Procedimientos de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, y en el Acuerdo número 21/ORD.03/2017, de fecha 07 de Diciembre de 2017, del Consejo Interno de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, ha establecido como una de sus cinco metas nacionales, la relativa a Un México Incluyente, para cuyo cumplimiento se prevé como plan de acción, el integrar una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades, con lo que se busca consolidar plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes grupo sociales y regiones del país, para lo cual, uno de los objetivos a guiar la acción del gobierno, es garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población, asumiendo que, la vía más efectiva para cerrar el ciclo de políticas asistencialistas y superar la pobreza es construyendo oportunidades productivas a través de los programas públicos;
Que para lograr lo anterior, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, prevé que el Gobierno de la República fortalecerá las acciones que permitan a los mexicanos en situación de desventaja invertir sus recursos, iniciativas, talentos y energías emprendedoras y que estos recursos en manos de la sociedad constituyen una fuente para democratizar la productividad y generar riqueza en beneficio de los mexicanos que más lo necesitan;
Que otro de los objetivos que se consideran en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, para cumplir con el plan de acción: Integrar una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades, es el de transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente, para cuyo cumplimiento, se plantea generar esquemas de desarrollo comunitario con un mayor grado de participación social, de acuerdo a las líneas de acción siguientes:
- Fortalecer a los actores sociales que promuevan el desarrollo social de los grupos en situación de vulnerabilidad y rezago;
- Potenciar la inversión conjunta de la sociedad organizada y los tres órdenes de Gobierno, invirtiendo en proyectos de infraestructura social básica, complementaria y productiva, y
- Fortalecer el capital y cohesión social mediante la organización y participación de las comunidades, promoviendo la confianza y la corresponsabilidad;
Que la Misión de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública (APBP) es generar y canalizar recursos a la atención en salud de personas en situación de pobreza carentes de seguridad social, mediante el otorgamiento de apoyos directos o a través de alianzas estratégicas en forma profesional, eficaz y transparente contribuyendo a que todos los mexicanos tengan un acceso equitativo a la salud;
Que la Visión de la APBP es ser la entidad de segundo piso rectora en materia de beneficencia pública que genera y canaliza recursos de manera profesional y transparente a proyectos y programas de impacto social en temas de salud, y
Que la APBP en su programa de Vinculación Social, Filantropía y Evaluación del Impacto, contempla el apoyo a proyectos de coinversión desarrollados por Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) sin fines de lucro con el objeto de fortalecer los esfuerzos y multiplicar los recursos del gobierno y de la sociedad civil, a efecto de contribuir a mejorar las condiciones de salud y la calidad de vida de la población de escasos recursos que carece de cobertura de seguridad social, he tenido a bien emitir la siguiente:
CONVOCATORIA PÚBLICA ANUAL 2018 PARA LA AUTORIZACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS Y PATRIMONIALES A PROYECTOS DE COINVERSIÓN
La presente Convocatoria está dirigida a todas las OSC sin fines de lucro interesadas en presentar proyectos de coinversión en materia de salud, de acuerdo con los términos siguientes:
I. OBJETIVO.
Fortalecer los esfuerzos y multiplicar los recursos del gobierno y de la sociedad civil a través de la promoción de proyectos de coinversión desarrollados por OSC sin fines de lucro, que atiendan problemáticas en materia de salud para mejorar las condiciones y calidad de vida de grupos en situación de vulnerabilidad de escasos recursos, primordialmente aquellos sin cobertura de seguridad social, a través de acciones de promoción, prevención y atención.
II. CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS.
Los proyectos de coinversión a ejecutarse por parte de las OSC sin fines de lucro, deberán estar dirigidos a favor de población de escasos recursos económicos, primordialmente sin cobertura de seguridad social y atender alguno de los temas prioritarios en materia de salud que a continuación se describen:
A) Asistencia Social a Grupos Vulnerables.
Estrategia:Promover actitudes y conductas saludables y corresponsables en el ámbito personal, familiar y comunitario.
- Atención a personas que por sus carencias socioeconómicas o por condiciones de discapacidad se vean impedidas para satisfacer sus requerimientos básicos de subsistencia y desarrollo.
- Atender en establecimientos especializados a menores y adultos mayores en estado de abandono o desamparo y personas con discapacidad sin recursos.
Estrategia:Promover el envejecimiento activo, saludable, con dignidad y la mejora de la calidad de vida de las personas adultas mayores.
- Promover el bienestar del adulto mayor y el desarrollo de acciones de preparación para la senectud.
B) Diabetes, Malnutrición y Control de Obesidad y Sobrepeso.
Estrategia:Instrumentar la Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes.
- Fomentar la alimentación correcta a nivel individual, familiar, escolar y comunitario a través de estrategias innovadoras de mercadotecnia social.
- Adecuar los sistemas de vigilancia para diabetes mellitus tipo 2, hipertensión, dislipidemias, sobrepeso y obesidad.
- Establecer mecanismos de difusión oportuna de la información epidemiológica sobre obesidad y diabetes.
- Impulsar acciones de detección oportuna de sobrepeso y obesidad en entornos escolares, laborales y comunitarios.
- Orientación nutricional y la alimentación complementaria a población de escasos recursos y a población de zonas marginadas.
C) Enfermedades Cardiovasculares y Enfermedades Crónico Degenerativas.
- Desarrollar campañas educativas permanentes sobre la prevención de las enfermedades crónicas no transmisibles con cobertura nacional, estatal y local.
D) Enfermedades Trasmisibles.
Estrategia:Realizar acciones orientadas a reducir la morbilidad y mortalidad por enfermedades transmisibles de importancia epidemiológica o emergentes y reemergentes.
- Mejorar los sistemas de alerta temprana mediante la vigilancia ambiental y epidemiológica de las enfermedades transmisibles.
E) Salud Sexual y Reproductiva y VIH.
Estrategia:Incrementar el acceso a la salud sexual y reproductiva con especial énfasis en adolescentes y poblaciones vulnerables.
- Diseñar estrategias de comunicación en salud sexual y reproductiva.
- Coordinar con el sector educativo del nivel básico y medio superior una educación integral de la sexualidad.
- Promover la salud sexual y reproductiva responsable, así como la prevención del VIH y otras ITS.
- Garantizar abasto y oferta de métodos anticonceptivos e insumos para la prevención del VIH y otras ITS.
- Asegurar la detección y tratamiento oportuno de VIH, SIDA e ITS, con énfasis en poblaciones clave.
- Incrementar la cobertura de detección prenatal y tratamiento oportuno para prevenir la transmisión vertical del VIH y sífilis congénita.
- Apoyo a mujeres en periodos de gestación o lactancia, con especial atención a las adolescentes en situación de vulnerabilidad.
F) Planificación Familiar.
Estrategia:Incrementar el acceso a la salud sexual y reproductiva con especial énfasis en adolescentes y poblaciones vulnerables, para prevenir el embarazo adolescente.
- Promover acciones para prevenir el embarazo adolescente.
G) Salud Mental.
Estrategia:Fortalecer la atención integral y la reinserción social de los pacientes con trastornos mentales y del comportamiento.
- Promover las estrategias de prevención y promoción de la salud mental.
- Priorizar la implementación de modelos comunitarios y familiares de atención integral de pacientes con trastornos mentales y del comportamiento.
- Reforzar el diagnóstico y la atención integral de los trastornos mentales y del comportamiento en todos los niveles de atención.
- Impulsar la atención integral de enfermos con trastornos mentales para lograr su reinserción social y productiva.
H) Cáncer.
Estrategia:Mejorar el proceso para la detección y atención de neoplasias malignas.
- Promover la detección temprana de neoplasias malignas.
- Impulsar la atención oportuna de las neoplasias malignas.
I) Mortalidad Infantil y Materna, Predominantemente en Población Indígena.
Estrategia:Asegurar un enfoque integral y la participación de todos los involucrados para reducir la mortalidad infantil y materna, especialmente en comunidades marginadas.
- Asegurar un enfoque integral y la participación incluyente y corresponsable en la atención del embarazo, parto y puerperio.
- Fomentar el embarazo saludable y un parto y puerperio seguros.
- Vigilar el embarazo con enfoque de riesgo y referencia oportuna a la evaluación especializada.
- Promover la participación comunitaria para el apoyo a embarazadas y mujeres con emergencias obstétricas.
J) Discapacidad y Ortopedia: columna, cadera, codo y rodilla.
Estrategia:Impulsar la atención integral en salud para las personas con discapacidad.
- Promover la reducción de la incidencia de la discapacidad mediante acciones de prevención.
- Fomentar la detección, diagnóstico temprano y atención oportuna y eficaz para disminuir la discapacidad por enfermedades y lesiones.
- Prevención de la discapacidad, la habilitación y la rehabilitación e integración a la vida productiva o activa de personas con algún tipo de discapacidad.
K) Adicciones.
Estrategia:Impulsar acciones integrales para la prevención y control de las adicciones.
- Impulsar campañas para informar y concientizar acerca del uso, abuso y dependencia de sustancias psicoactivas.
- Atender a niñas, niños y adolescentes en riesgo de fármaco dependencia, fármacos dependientes o susceptibles de incurrir en hábitos y conductas antisociales y delictivas.
III. MONTOS DE APOYO Y PORCENTAJES DE COINVERSIÓN.
El monto total de la presente Convocatoria estará integrado por recursos patrimoniales y recursos presupuestarios.
El monto máximo de aportación de la APBP podrá ser de hasta el 50% o hasta $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), del costo total del proyecto de coinversión.
En el marco de la coinversión, las OSC deberán aportar cuando menos el 50% del costo total del proyecto. La coinversión podrá ser en los siguientes términos:
- Financieros, o
- Financieros y en especie.
IV. CRITERIOS Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO.
Podrán participar en la Convocatoria OSC sin fines de lucro, que cumplan con los siguientes criterios y requisitos siguientes:
A) Criterios:
- Contar con un proyecto de coinversión que atienda alguna de las líneas de acción definidas en el inciso II dirigido a mejorar la calidad de vida de sectores de la población en situación de vulnerabilidad social y que se desarrolle en cualquier entidad de la República Mexicana.
- Ser OSC sin fines de lucro cuyo objeto social en su acta constitutiva esté relacionado con la salud y/o la asistencia social.
- Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Ser donatarias autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales.
- Estar inscrita en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro (CLUNI).
- Haber entregado el Informe Anual a la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro.
- No llevar a cabo acciones de proselitismo político o religioso.
- No tener entre sus socios, directivos o representantes legales a servidores públicos federales, estatales o municipales, ni legisladores federales o locales.
- No tener irregularidades, incumplimientos reportados u observaciones federales en el Poder Judicial Federal, Estatal o Municipal; no tener auditorías sin resolver o cualquier otro tipo de impedimento jurídico administrativo con la APBP, con el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud, con el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil o cualquier otra dependencia o entidad federal.
- Tener por lo menos un año de constituida al momento de su solicitud.
- Solicitar apoyo para un solo proyecto de coinversión al año.
- Duración del proyecto: mínima 4 meses; máxima 1 año. En caso de que algún proyecto exceda el plazo señalado, la OSC sin fines de lucro, deberá justificar el porqué de la ampliación a la APBP, quien decidirá la procedencia de lo solicitado.
- Las OSC sin fines de lucro participantes no deben estar integradas en algún otro padrón de beneficiarios de programas a cargo del Gobierno Federal, conforme a lo dispuesto por la fracción IV, del artículo 80, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y al numeral SÉPTIMO inciso c) del Acuerdo por el que se emiten las Reglas, Requisitos y los modelos de Contratos para formalizar el Otorgamiento de Donativos. (Consulta Anexo Único).
B) Requisitos:
- Ingresar a través de la página de la APBP (http://www.beneficenciapublica.salud.gob.mx/), al mini sitio “Plataforma Institucional”.
- Contar con un usuario para ingresar a la Plataforma Institucional. Si aún no cuenta con un usuario solicitarlo en la liga siguiente: http://convocatoriasapbp.salud.gob.mx:8080/ApbpWeb/login.do
- Accesar a la Plataforma Institucional para registrar el proyecto mediante el Formato Único de Solicitud de Recursos (FUSR) consulte la “Guía para la Administración de Proyectos de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro” en nuestra página Web.
- Presentar una carta de solicitud de apoyo dirigida a la Lic. María del Socorro García Quiroz, Directora General de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, firmada por el Representante Legal, en papel membretado de la OSC sin fines de lucro, acompañada del FUSR en original debidamente llenado y firmado. (Consulta Anexo Único).
- Contar con un recibo electrónico de donativo que cumpla con los requisitos fiscales vigentes, al momento de recibir el donativo.
- Abrir y mantener una cuenta o subcuenta bancaria, específica para el depósito y manejo de los recursos provenientes del donativo otorgado. (Consulta Anexo Único).
- Subir a la Plataforma Institucional en formato PDF, con un peso de hasta 15 megas por documento, lo siguiente:
- Acta constitutiva de la OSC sin fines de lucro, que incluya su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la entidad federativa que corresponda.
- Publicación en el Diario Oficial de la Federación de la autorización vigente para expedir recibos deducibles del Impuesto sobre la Renta o Aviso electrónico de donataria autorizada.
- Cédula Fiscal y del aviso de apertura que acredite el alta de la OSC sin fines de lucro, en el Registro Federal de Contribuyentes presentados ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
- Dictamen fiscal del ejercicio inmediato anterior incluyendo el acuse de recibo por parte del SAT (cuando la solicitud de apoyo se presente durante los seis primeros meses se deben entregar los últimos que por disposición fiscal se debieron presentar), en caso de aquellas OSC sin fines de lucro, que por normatividad estén exentas de dictaminación, deberán entregar la opinión de la instancia competente del servicio de la Administración Tributaria en la que consta que se encuentra al corriente en sus respectivas obligaciones fiscales.
- Declaración Anual del ejercicio inmediato anterior, incluyendo el acuse de recibo por parte del SAT, de acuerdo a lo señalado por la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en el momento de la solicitud de apoyo.
- En su caso, escrituras que acrediten los cambios posteriores a su constitución, que incluyan su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
- Poder notarial del representante legal a la fecha de la entrega del apoyo económico, que incluyan su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
- Identificación oficial vigente del representante legal (INE, Cédula Profesional, Pasaporte).
- Acuse de entrega del informe anual correspondiente al año inmediato anterior, dirigido a la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro, donde se notifica que ha cumplido con las obligaciones señaladas en la Ley Federal de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
- Clave Única de Inscripción en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro (CLUNI).
- El registro y envío de los documentos en a la Plataforma Institucional se completará única y exclusivamente cuando seleccione en dicha Plataforma la opción “Enviar”.
V. RECEPCION DE LOS PROYECTOS.
A) Lugar de recepción
La carta de solicitud de apoyo, la carta bajo protesta de decir verdad y el FUSR deberán entregarse en original, en hoja membretada de la OSC y firmados por su representante legal en las oficinas de la APBP ubicadas en Aniceto Ortega No.1321, Col. del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P. 03100, México, D.F., en horario de 9:00 a 17:00 hrs. (Consulta Anexo Único).
Los documentos señalados en el punto 6 de los requisitos únicamente deberán ingresarse escaneados a la Plataforma Institucional, estar completos, 1 archivo electrónico por requisito y ser legibles.
B) Período de recepción
El período de recepción de los proyectos será a partir del día 15 de enero de 2018 fecha de la publicación de la presente Convocatoria en la página Web de la APBP y hasta el 15 de febrero de 2018, fecha de cierre de la misma.
VI. CALENDARIO DE CAPACITACIÓN.
El registro de las Organizaciones se realizará del 02 al 09 de enero de 2018 y las sesiones de capacitación serán del 10 al 24 de enero de 2018; en un horario de 10:00 a 12:00 hrs. en el aula de capacitación de la APBP ubicada en Aniceto Ortega No. 1321, 3er piso, Col. del Valle, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, Será indispensable traer la propuesta de proyecto a presentar en el Formato Único de Solicitud de Recursos (FUSR).
Favor de registrar su asistencia en el correo electrónico: informesapbp@salud.gob.mx Confirmación sujeta a disponibilidad.
VII. EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS.
A) Los proyectos de coinversión que cuenten con la documentación completa serán evaluados por:
- APBP
- Una vez verificada la documentación legal de la OSC, evaluará la viabilidad técnica y financiera del proyecto.
- Comité Externo de Evaluadores (CEE)
- Dictaminará la pertinencia de los proyectos de coinversión. Sus integrantes podrán ser representantes de la Secretaría de Salud, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y Estatal, representantes de instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, académicas y de la sociedad civil organizada relacionados con temas de salud.
B) Cuando el proyecto se desarrolle en una entidad federativa donde exista una institución de Beneficencia Pública con convenio con la APBP, la institución de Beneficencia Pública evaluará la labor, la trayectoria, el funcionamiento y la estructura de la Organización de la Sociedad Civil sin fines de lucro que presenta el proyecto.
El resultado del proceso de evaluación de los proyectos de coinversión se dará a conocer en el mes de julio de 2018, mediante oficio a cada OSC sin fines de lucro, participante.
El resultado del proceso de evaluación será inapelable.
VIII. RADICACIÓN DE RECURSOS.
Para realizar la radicación de los recursos, los apoyos que se otorguen con base en esta Convocatoria, serán formalizados de conformidad con el procedimiento que resulte aplicable, en atención al tipo de recurso ya sea patrimonial o presupuestario.
IX. INFORMACIÓN.
La Dirección de Vinculación Social, Filantropía y Evaluación del Impacto de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública será la instancia ejecutora de la presente Convocatoria.
A) Es obligación de las OSC sin fines de lucro, conocer:
- El artículo 80 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el Capítulo XIII del Reglamento de la misma Ley.
- El Manual de Procedimientos de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, la “Guía para la Administración de Proyectos de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro” y el “Manual para Captura de Proyectos de Coinversión en el Sistema de Apoyo a Proyectos de Coinversión”.
- 3. Consultar el Anexo Único
B) Datos de contacto
Para cualquier información relativa a la presente Convocatoria puede contactar al personal de la APBP en los teléfonos: 5534 1998, 5534 2243, 5534 2704 en las extensiones: 44212, 44214, 44265 y 44269.
Importante
Se verificará que los proyectos de coinversión ingresados para participar en esta Convocatoria, no hayan sido presentados para solicitar recursos en otras instancias federales.
La información presentada por las OSC sin fines de lucro, estará sujeta a las disposiciones que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en esta Convocatoria”.
Dado en México, Ciudad de México, al día 15 del mes de enero de dos mil dieciocho.- La Titular de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, Lic. María del Socorro García Quiroz.- Rúbrica.